Conocemos en el año de 1742 que en consideración al mérito realizado en sus labores para la Renta del Correo mientras ejercía de Oficial del Correo Mayor de Italia, en el Oficio de Madrid, el Rey concede a D. Juan Álvarez Labarejos por los días de su vida el arrendamiento de la Estafeta de Oviedo y sus agregadas.

Dentro de las búsquedas documentales que nos lleve al conocimiento de nuevos tarifarios que hubiesen sido empleados por alguna de las Caxas Principales del Reino tenemos la fortuna de disponer para el Oficio de Correo de Oviedo de referencias registradas que nos aportan los importes empleados por esta Caxa para tarificar la correspondencia que recibía. En los libros de Actas de la Junta del Principado encontramos uno en Diputación, un Memorial fechado el 4 de julio de 1745 del Correo Mayor de Oviedo, D. Juan Álvarez Labarejos, que dice: “Señor: Teniendo conveniencia a V. S., a este Principado y a sus vecinos del establecimiento que se ha hecho del Correo, desde 10 de enero de este año, según lo mandó S. M., q.D.g., y para que esta Provincia no contribuya con ayuda de costa alguna, haciendo una representación V. S., al Marqués de Villarras, insinuándole la utilidad al real servicio y bien común, no dudo que subsista dicho establecimiento en el caso de que logre esta Provincia algún beneficio en el establecimiento que está hecho y, no lográndose, que se vuelva a la Carrera antigua pues, aún ese, me sigue en muchos gastos aumentar 8Rs., cada semana a los conductores que van a León y pagar a dicho Correo Mayor de León 300 Rs anuales, y 307 al de La Bañeza, por razón del trabajo que se les ha agregado y haberlo mandado antes S. M., por su R. O. Los portes de las cartas se cobran en esta ciudad al mismo precio que las cobraba el Sr. D. Diego de Gándara, D. Miguel de Rosas y San Román y otros antecesores, sin que se haya alterado maravedí alguno. Mancha, Alcarria, Extremadura, Castilla la Vieja y Nueva, Pamplona, Vizcaya, Rioxa y Montaña, se paga a cuatro cuartos y medio; Cataluña, Valencia, Aragón, Andalucías a seis cuartos. Así está mandado por S. M., y en Madrid todas las cartas de esta Provincia se cobran sus portes a cuatro cuartos y medio.”. En contraste con la tarifa dada para Madrid mediante el Reglamento de diciembre de 1716 la expresada por Juan Álvarez Labarejos lo hace en cuartos (1 cuarto = 4 maravedíes).

Gracias a los datos aportados en dicho memorial podemos tratar de reconstruir el tarifario empleado por el Oficio de Correo de Oviedo considerando como obvio que los importes señalados corresponderían al precio de la carta sencilla.

En cuanto a los criterios que hemos considerado para reconstruir la tarifa habida cuenta de que el Memorial solo muestra el precio de las cartas sencillas y los diversos territorios de tarifa desde los cuales llega correspondencia al Oficio de Correo de Oviedo conviene realizar las siguientes precisiones:

  • 1. La forma de presentar las diferentes regiones lo hace de forma similar a como las presenta la tarifa de Alonso de Arce en Madrid, donde aparecen zonas geográficas como Mancha y Alcarria (las cuales consideramos incluidas postalmente en Castilla la Nueva).
  • 2. Rioxa, zona geográfica que como sabemos también existía como región de tarifa propia y, como tal, así se presentaba en el tarifario aplicado en Madrid por Alonso de Arce en 1736. Como sabemos, con posterioridad en 1756 se integró en el Sello Vizcaya, y que al contrario que en Madrid en el caso de la tarifa de Oviedo comparten los mismos importes de tarifa.
  • 3. Pamplona, ciudad que consideramos señala a las correspondencias llegadas desde todo el Reino de Navarra.
  • 4. Montaña, zona que consideramos incluía Burgos y sus Montañas, algo que es consustancial lo uno con lo otro postalmente hablando.
  • 5. Hemos considerado acertado adjudicar la ausencia del Reino de Murcia e incluirlo por su cercanía geográfica con los mismos precios que el señalado para el Reino de Valencia, Cataluña y Andalucías.
  • 6. Lo mismo ocurre con la ausencia del Reino de Galicia, al cual le incluimos en el tarifario y, que evidentemente, le adjudicamos el mismo importe que las correspondencias llegadas de ambas Castillas.
  • 7. Queda para el final las correspondencias circuladas en el interior del Principado de Asturias, a las cuales se les adjudica por semejanza los mismos importes de 12, 18 y 24 maravedíes por ser la práctica habitual conocida en el resto de tarifarios conocidos en otros Oficios de Correo (Madrid, Bilbao, Mérida, Valladolid).
  • 8. Por ser la práctica general, siguiendo lo aportado en el Reglamento de diciembre de 1716, presentamos el peso diferenciando tres tramos: carta sencilla, doble y onza de paquete. Para los importes que adjudicamos variables lo hacemos basándonos en importes aparecidos en otras tarifas estudiadas que comparten el mismo precio para la carta sencilla.
1777, Oviedo a Cangas

1777, 21 de marzo. Carta circulada entre Oviedo y Cangas de Tineo.

Marca de origen del oficio de Oviedo, + ASTVRIAS. Porte manuscrito: 3 cuartos (12 maravedíes). Aplicación correcta de la tarifa aplicada en la Caxa de Oviedo para la carta sencilla circulada dentro del Principado de Asturias.

1776, Santiago a Cangas

1776. Carta circulada entre Santiago de Compostela y Cangas de Tineo.

Marca del oficio de origen, GALICIA. Porte de cuño aplicado en Oviedo: cuartos (18 maravedíes). Aplicación correcta de la tarifa reconstruida gracias al Memorial de 4 de julio de 1745, por la cual la carta sencilla circulada desde el Reino de Galicia al Principado de Asturias se debe de tarificar con 4½ cuartos.

1772, Galicia a Miraflores

1772. Carta circulada desde la zona de tarifa de Galicia a Miraflores.

Marca del oficio de origen, GALICIA. Anotación manuscrita de encaminamiento: Oviedo. Porte manuscrito aplicado en Oviedo: 6 cuartos (24 maravedíes). Aplicación correcta de la tarifa reconstruida gracias al Memorial de 4 de julio de 1745, por la cual la carta doble circulada desde el Reino de Galicia al Principado de Asturias se debe de tarificar con 6 cuartos.

En otro memorial dado en la Diputación de Asturias el 13 de julio de 1754 ya se expresa la necesidad del establecimiento de un nuevo servicio semanal: “También se hizo presente en esta Junta un memorial dado por D. Pedro Martínez Córdoba, Correo Mayor de esta ciudad y Principado, por el que se hizo presente que, con motivo de haber pasado a Castilla, reconociera en la estafeta de Valladolid, Madrid y otras, muchos pliegos para este Principado conducidos a otras estafetas en los Correos segundos que llegan a ellas los sábados de cada semana, en donde se atrasaban seis días que se contaban hasta el Viernes siguiente que se introducía en la valija general para esta ciudad y, logrado la de León el beneficio de su correspondencia por medio de su segundo Correo que sale de aquella Caxa los Jueves por la tarde de cada semana, con pliegos para Valladolid, Palencia, Burgos, Santander, Bilbao, etc. y vuelve de ellas con las respuestas correspondientes los martes próximos, sería muy útil y conveniente entablar igual correspondencia en esta ciudad y Principado, a similitud de la de León, por medio de un nuevo conductor que vaya y venga con la correspondencia.

A saber: Los Domingos en la tarde saldrá de esta ciudad, llevando las cartas respectivas para Valladolid, Castilla, Burgos, etc., y recogiendo las retenidas arriba expresadas y demás que se respondan, puede estar aquí el Viernes por la mañana de cada semana. Y siendo preciso (para experimentar el beneficio que tendrá a este Principado este nuevo establecimiento) costear el salario de este nuevo conductor (que sin duda será muy útil en tiempo de invierno para evitar los atrasos del Correo General que los temporales ocasionan). Suplica a la Junta se sirviese providenciar la indemnización de este gasto por ahora, reduciéndole a una gratificación, en atención a que hallándose la Renta en un excesivo precio, no le es posible subvenir con más dispendios.”.

Como ocurrió siempre en la Renta del Correo, el sufragio de los gastos de nuevos servicios ofrecidos era costeado por los destinatarios de la correspondencia, a quienes se les incrementaba sobre la tarifa un pequeño sobreporte destinado para este tipo de atenciones, por lo que consideramos que los precios de la correspondencia llegada al Principado, al igual que ocurrió en otras Caxas, pudieron verse incrementados con estos pequeños sobreportes para costear el gasto ocasionado por el establecimiento de un segundo Correo semanal a imagen de los que ya se establecían en otros Oficios de Correo (León, Valladolid, Madrid y otras) a tenor de lo expuesto en dicho Memorial.

FUENTES DOCUMENTALES:

  • -. Anales de las Ordenanzas de Correos de España. Concesión del Arrendamiento de la Estafeta de Oviedo y sus agregadas a D. Juan Álvarez por los días de su vida. Tomo I, pág. 131.
  • -. Contribución al estudio de las Postas y el Correo en Asturias. Antonio García Oliveros. Granada 1972.
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